Descripción
Es un seguro que te protege pagando las cuotas de tu préstamo personal ante algún evento que te impida pagarlas.
Código SBS: Soles RG0415710243
Resolución SBS
¿Cuáles son las coberturas que te brinda el Seguro de Cuota Protegida?
Desempleo Involuntario
Incapacidad Temporal
Hospitalización por Accidente
Primer Diagnóstico de Enfermedades Graves
Invalidez Permanente Total por Accidente
Pensión Segura (Robo de Efectivo Retirado por Ventanilla)
¿Quiénes pueden asegurarse al Seguro de Cuota Protegida?
Todos los clientes del Banco de la Nación que soliciten su préstamo personal.
¿Cuáles son las ventajas y beneficios?
Asistencias (sin costo adicional) llamando a los teléfonos 616-4502 (Lima) 0-800-00563 Provincias.
Asistencia para el Hogar (Máximo 4 eventos c/u)
- Envío y pago de cerrajero por emergencia
- Envío y pago de gasfitero por emergencia
- Envío y pago de electricista por emergencia
- Envío y pago de vidriero por emergencia
- Referencia de técnicos en su localidad para mantenimientos en general. (Sin límite de eventos)
Asistencia Médica
- Orientación médica telefónica – 24 horas
- Traslado médico terrestre (ambulancias por accidente o enfermedad grave) (Hasta 2 eventos)
- Envío de médico general a domicilio por emergencia
- Control de niño sano (1 evento por hijo, máximo 2 hijos)
- Referencia de Hospitales o Clínicas de su localidad (Conexión)
¿Cuáles son las primas o planes de este seguro?
Tasa aplicada sobre el préstamo:
-Prima Comercial: 0.984%
-Prima Comercial más IGV: 1.161% (*)
* Monto Total pagado por el Asegurado
¿Cuáles son las principales exclusiones?
La compañía no cubre los siniestros relacionados con o a consecuencia directa o indirecta, parcial o totalmente:
Para la cobertura de Desempleo Involuntario
Para Empleados del sector Privado
a)Causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador.
b)Causas justas de despido relacionadas con la conducta del trabajador.
c) Cuando el siniestro se produzca por alguna causal de cesantía distinta a las previstas en el inciso 3.1 del presente Condicionado.
Para empleados vinculados laboralmente y bajo régimen de subordinación y dependencia a la Administración Pública, bajo las leyes vigentes:
a)Término de la relación del Empleo Público:
·Fallecimiento
·Renuncia
·Jubilación
Para empleados del Sector Educativo – Personal Docente, regulados por la Ley del Profesorado.
a)Cese por las siguientes causas:
·Renuncia.
·Abandono injustificado del cargo.
·Incapacidad física o mental debidamente comprobada.
Miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales.
a)Sanción disciplinaria.
b)Fallecimiento.
c)Solicitud del propio miembro de la Fuerzas Armadas o Policiales.
Para la cobertura de Incapacidad Temporal y Hospitalización por accidente
·Enfermedades pre-existentes al inicio de la cobertura de este seguro, sus consecuencias y enfermedades relacionadas.
·Accidentes ocurridos antes de la fecha de inicio de vigencia..
·Enfermedades psíquicas o mentales. Embarazo.
·La incapacidad temporal debida a la misma enfermedad o accidente por la cual el Asegurado ha recibido una indemnización por esta misma Póliza.
Para la cobertura de primer diagnóstico de enfermedades graves:
a)Intento de suicidio o autolesión, lesiones autoinferidas, ya sea en estado de cordura o demencia.
b)Consumo frecuente de bebidas alcohólicas, adicción al alcohol, alcoholismo, así como el consumo de drogas, estupefacientes, barbitúricos, sustancias alucinógenas y otras análogas.
c)Síndrome Inmunológico Deficiencia Adquirida (SIDA), así como todas las enfermedades causadas o relacionadas al virus VIH positivo, incluyendo la enfermedad de Sarcoma de Kaposi, Síndrome Complejo relativo al SIDA (SCRS), linfomas o cualquier neoplasia vinculada con el VIH, SCRS o SIDA.
Para la cobertura de invalidez permanente total por Accidente:
a)Cualquier accidente de circulación vehicular no reportado a las autoridades competentes.
b)Accidentes que se produzcan en la práctica profesional de cualquier deporte y la práctica no profesional de deportes de actividad de riesgo: carreras de automóvil, motocicletas, caminata de montaña, práctica de ciclismo, concursos o prácticas hípicas, equitación, rodeo, rugby, boxeo, esquí acuático, kayac, canotaje, prácticas de surf, paracaidismo, ala delta, parapente, puenting, caza, toreo, escalada, pesca submarina, deportes a caballo y artes marciales.
Para la cobertura de Pensión Segura
a)Robo de cualquier objeto distinto al dinero retirado por ventanilla.
b)Cuando el robo se efectúe en circunstancias en que el Asegurado actúa de manera voluntaria con terceros y estos terceros resulten partícipes del robo.
c)Los requerimientos de indemnización por la misma cobertura y por el mismo Asegurado luego de haber sido indemnizado por el número de eventos establecidos en las Condiciones Particulares o Certificado de Seguro.
d)Los siniestros ocurridos fuera del periodo de tiempo computado desde la hora de efectuado el retiro de dinero y/o fuera del radio de acción establecido en las Condiciones Particulares o Certificado de Seguro.
· Y todas las indicadas en el certificado y condicionado del producto. Para mayor detalle de las exclusiones por cobertura, descargar el condicionado indicado en esta página.
¿Cómo puedo adquirir este seguro?
Debe acercarse a cualquier agencia del Banco de la Nación y adquirirlo.
¿Qué hacer en caso de siniestro?
Ocurrido el siniestro el Asegurado deberá dar aviso del mismo directamente a La Positiva o a través de El Contratante presentando los siguientes documentos:
Para el cobertura de Desempleo Involuntario
Trabajadores del sector Privado, Público y Educación
Para el pago de la primera y segunda cuota deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado por La Positiva.
b)Copia legalizada de la carta o resolución de cese emitida por la empresa o institución respectiva, o en su defecto constatación policial por despido de facto o hecho, o en defecto de las anteriores, el certificado que emita el Ministerio de Trabajo para dichos efectos.
c)Copia del convenio de muto disenso suscrito por el empleador y trabajador, si la liquidación de beneficios sociales se da por “mutuo disenso”, firmada y sellada por el empleador y siempre que exista una indemnización de beneficios sociales.
d)Liquidación de beneficios sociales por despido o Liquidación de beneficios sociales por mutuo disenso según corresponda. En el caso de mutuo disenso deberá presentar además , constancia del pago de indemnización por los años de servicio y los montos indemnizatorios que la ley prevé en el caso de Desempleo involuntario no atribuible al trabajador.
e)Liquidación de beneficios sociales por mutuo disenso y constancia del pago de indemnización por los años de servicio y los montos indemnizatorios que la ley prevé en el caso de Desempleo involuntario no atribuible al trabajador.
f)Copia del Certificado de Trabajo de contar con la misma. En su defecto deberá presentar documento con el que acredite antigüedad laboral
g)Copia del Certificado de aportaciones a la AFP o a la ONP correspondientes al mes de desempleo reclamado.
h)Declaración jurada del Asegurado declarando encontrarse en situación de desempleo.
Para el pago de cada una de las siguientes cuotas deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado por La Positiva.
b)Declaración Jurada de encontrarse en situación de Desempleo Involuntario.
c)Copia del Certificado de aportaciones a la AFP o a la ONP correspondientes al mes de desempleo reclamado.
Miembros de las fuerzas armadas y policiales
Para el pago de la primera y segunda cuota deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado por La Positiva.
b)Copia del carnet de identidad de su institución
c)Resolución de cese o documento expedido por el Ministerio de Defensa o Ministerio del interior, según corresponda.
d)Liquidación de beneficios por cese (o documento similar expedido por su institución)
e)Declaración Jurada del Asegurado declarando encontrarse en situación de Desempleo.
f)Estado de cuenta actualizado de aportaciones de la Caja Militar o Policial.
Para el pago de cada una de las siguientes cuotas:
a)Estado de cuenta actualizada de aportaciones de la Caja Militar o Policial.
Para la cobertura de Incapacidad Temporal
Para el pago de la primera cuota deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado La Positiva.
b)Copia del DNI o documento de identidad del Asegurado.
c)Constancia de ingresos del trabajador dependiente o independiente (copia de planilla de sueldos del último mes o certificado de 4ta o 3era categoría para independientes o recibo último de honorarios o fractura por servicios prestados. Los jubilados deberán presentar constancia de boletas de pago).
d)Certificado médico que acredite la situación de Incapacidad Temporal que debe indicar:
-
Causas de la incapacidad
-
Diagnóstico definitivo
-
Tratamiento realizado y pronóstico
-
Días de descanso
-
Número de historia médica y clínica u hospital donde recibió la atención
-
Médico tratante
-
Fechas de atención
Con la solicitud de la presente cobertura el Asegurado autoriza a La Positiva a Solicitar la revisión de la Historia Clínica.
Para el pago de cada una de las siguientes cuotas deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado La Positiva.
b)Certificado médico que acredite la situación de Incapacidad Temporal que debe indicar:
-
Causas de la incapacidad
-
Diagnóstico definitivo
-
Tratamiento realizado y pronóstico
-
Días de descanso
-
Número de historia médica y clínica u hospital donde recibió la atención
-
Médico tratante
-
Fechas de atención
Para la cobertura de Hospitalización por Accidente
Para el pago de cada una de las cuotas deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado La Positiva.
b)Copia del DNI o documento de identidad del Asegurado
c)Copia del comprobante de pago de la clínica u Hospital donde recibió la atención médica por el accidente.
d)Copia de la Epicrisis o historia de la hospitalización
e)Informe médico en el que se detalle:
-
Diagnóstico definitivo
-
Tratamiento realizado
-
Días de Hospitalización
-
Número de historia médica y clínica u hospital donde recibió la atención
-
Médico tratante
-
Fecha de atención
Para la cobertura de primer diagnóstico de enfermedades graves
El Asegurado deberá presentar:
a) Formulario de declaración de siniestro proporcionado por La Positiva.
b) Copia del Documento de Identidad del Asegurado.
c) Informe médico en el que se detalle el diagnóstico presuntivo, diagnóstico definitivo, fecha de inicio de la enfermedad, tratamientos, evolución, estado actual del Asegurado.
d) Copia de todos los exámenes y pruebas médicas del Asegurado, relacionados con la enfermedad.
e) Adicionalmente a lo antes referido, para los siguientes casos deberá de considerarse lo siguiente:
e.1) Infarto al miocardio
- Electrocardiograma positivo para infarto miocárdico.
- Enzimas cardíacas positivas para infarto miocárdico.
- Ecocardiograma, holter, cateterismo cardíaco, pruebas de perfusión miocárdica u otros.(a solicitud de La Positiva)
e.2)Accidente cerebro vascular (ACV)
- Documento(s) que sustente(n) la hospitalización cuyo registro indique una apoplejía cerebral dentro de un plazo de 24 horas antes de dicha hospitalización.
e.3)Cáncer
- Original del exámen histopatológico o Anátomo patológico original firmado y sellado por el médico patólogo y tratante.
Para la cobertura de Invalidez Permanente Total por Accidente:
El Asegurado deberá presentar:
a)Formulario de declaración de siniestro proporcionado por La Positiva.
b)Copia simple del documento de identidad del Asegurado.
c)Original y/o copia certificada del dictamen de invalidez permanente total de la comisión médica evaluadora de incapacidades emitida por ESSALUD o la COMAFP (Comisión médica de AFP) o COMEC (Comisión Médica de SBS) o en su defecto por la Junta Médica de los hospitales nacionales bajo la gestión del MINSA o por el Instituto de Rehabilitación.
d)Original y/o copia legalizada del Atestado Policial, de haberse realizado
e)Original y/o copia legalizada del resultado de exámen toxicológico y dosaje etílico u otro examen que corresponda en su defecto.
Para la cobertura de Pensión Segura
El Asegurado deberá presentar:
a) Formulario de declaración de siniestros, proporcionado por La Positiva.
b) Copia de la denuncia ante las autoridades policiales competentes.
c) Documento emitido por la entidad del sistema financiero, en la que acredite la fecha, hora y monto del retiro de dinero.
d) Copia del documento de identidad del Asegurado.
e) Declaración Jurada del Asegurado, sobre las circunstancias del siniestro.
Para todas las coberturas mencionadas La Positiva podrá solicitar todos los documentos adicionales que considere necesarios para la evaluación y liquidación del siniestro, dentro del plazo de 20 días de completada toda la documentación exigida, siempre que los mismos guarden relación con el siniestro.
¿Cómo realizar un reclamo?
La Positiva recibirá los reclamos de los Asegurados en su área de servicio al cliente llamando al 211-0-211 o en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional cuyas direcciones aparecen en www.lapositiva.com.pe, así como a través de la misma página web de La Positiva.
El Asegurado también podrá realizar cualquier reclamo sobre los alcances de este seguro en la “Defensoría del Asegurado”, llamando al 446-9158 o visitando sus oficinas en Calle Amador Merino Reyna 307 Piso 9 San Isidro - Lima o a través de www.defaseg.com.pe, así como también en la Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP o en INDECOPI, entre otros, según corresponda.
El Asegurado podrá nombrar un corredor de seguros, quien se encuentra facultado para realizar en su nombre y representación todos los actos de administración, mas no de disposición, vinculados a sus intereses en la póliza.
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