Este seguro no cubre:
Responsabilidad respecto a lesiones corporales, sufridas por personas que sean miembros de la familia del Asegurado, o que al producirse el accidente, estuvieren al servicio o bajo las órdenes del Asegurado, de sus contratistas o subcontratistas.
Responsabilidad por daños a la propiedad:
Del Asegurado, de los miembros de su familia, de cualquier persona a su servicio de sus contratistas o subcontratistas.
A cargo, bajo el control o custodia del Asegurado, de los miembros de su familia, de cualquier persona a su servicio o al servicio de sus contratistas o subcontratistas
Causados por o relacionados con la explosión de calderos u otros aparatos similares que pertenezcan a, a cargo de, o bajo el control del Asegurado.
Originados directa o indirectamente por inconsistencia, hundimiento o asentamiento del suelo o del subsuelo o debilitamiento de los apoyos de propiedades, terrenos o edificios o por la influencia prolongada de humedad, de los desagües, de las materias residuales, del humo, hollín y del vapor.
Causados por terremoto u otro fenómeno de la naturaleza.
Responsabilidad respecto a lesiones corporales o daños a la propiedad:
Si tal responsabilidad ha sido asumida por contrato y no le hubiera alcanzado al Asegurado si no fuera por la existencia de dicho contrato.
Como consecuencia del uso de ascensores, escaleras mecánicas, montacargas o grúas.
Ocasionados directa o indirectamente por cualquier vehículo a tracción mecánica o a consecuencia de la entrega o recojo de mercaderías.
Los daños que cause la mercadería de propiedad del Asegurado o que se encuentre bajo su custodia control o responsabilidad, durante su transporte, carga o descarga desde el vehículo encargado de la entrega o recolección de dicha mercadería.
Originados directa o indirectamente por cualquier barco, lancha, embarcación o aeronave o a consecuencia de cualquier trabajo realizado en los mismos por el Asegurado o por el encargado de éste.
Originados directa o indirectamente por productos y/o mercaderías incluyendo sus envases, que sean fabricados, vendidos, reparados, acondicionados, modificados, manipulados, suministrados o distribuidos por el Asegurado una vez que hayan dejado de permanecer bajo su control o custodia.
A causa de envenenamiento por ingerir alimentos o bebidas, o por cuerpos extraños o perniciosos contenidos en los mismos.
A causa de contaminación o envenenamiento del aire, agua o tierra salvo que pueda comprobarse fehacientemente que ha sido ocasionado por escape violento como consecuencia de algún accidente cubierto por la póliza.
Como consecuencia de asesoría o tratamiento médico o profesional proporcionado, administrado u omitido por el Asegurado.
Ocasionados directa o indirectamente por guerra, invasión, actos cometidos por enemigos extranjeros, hostilidades y operaciones bélicas (sea que la guerra haya sido declarada o no) guerra civil, sublevación militar, insurrección, rebelión, sedición, terrorismo, revolución, conspiración, poder militar o usurpación, daño malicioso, vandalismo, huelga, conmoción civil, motín o cualquier disturbio del orden público, nacionalización, destrucción ordenada por la autoridad, embargo, expropiación, confiscación y otros eventos análogos, así como también la acción de toda autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de estos hechos, así como, la emisión de radiaciones, ionizantes, o contaminación por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de la combustión de dicho combustible.
Los daños causados voluntariamente por el Asegurado o con su complicidad.
Pérdidas, demandas, reclamos o pleitos de o relacionados de alguna manera con asbestos o materiales que contengan asbestos. La Positiva no tendrá obligación de ninguna clase respecto de tales pérdidas, demandas, reclamos o pleitos.
Además, la relación de exclusiones que se encuentran detalladas en las condiciones generales y particulares de su póliza.