Este seguro no cubre:
Pérdidas o daños causados por: polilla, lombriz, termita u otros insectos, vicio propio o como resultado de defecto latente, uso o deterioro gradual, contaminación, corrosión, herrumbre, moho húmedo o seco, humedad y sequedad de atmósfera, smog o cambios extremos de temperatura, pérdidas o daños por asentamiento normal, contracción o expansión de edificios o cimientos.
Pérdida de uso, demora o pérdida de mercado.
Rotura, falla mecánica y desacoplamiento de maquinaria.
Pérdida o daño por explosión, implosión o desplome sufridos por cualquier caldero, economizador u otro aparato que funcione bajo presión interna fluida o de vapor, en los cuales se origine la explosión.
Deshonestidad por parte del Asegurado o infidelidad de cualquier persona a la que la propiedad ha sido confiada, merma de inventario o desaparición inexplicable. Tampoco comprende las pérdidas o daños causados por delito del Asegurado o por su imprudencia delictiva.
Pérdida de, o daño a aparatos eléctricos y/o sus accesorios causados por corriente eléctrica generada artificialmente, a menos que provoque incendio o explosión, y en este caso solo por la pérdida o daño causados por tal incendio y/o explosión.
Las pérdidas o daños a la propiedad de terceros o la responsabilidad legal de cualquier naturaleza en que incurra el Asegurado, como consecuencia directa o indirecta de radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de su combustión, o de radioactividad, tóxico explosivo.
Las pérdidas o daños que sean consecuencia directa o indirecta o tengan conexión con:
Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades y operaciones bélicas (con o sin declaratoria) y guerra civil.
Alborotos populares y/o asonadas asumiendo las características de un levantamiento popular, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpación de poder.
Confiscación, requisa, expropiación, incautación o nacionalización; destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad; poder militar o usurpación del poder; o cualquier evento o causa que determine la proclamación de estado de sitio.
Pérdida de o daño a la propiedad asegurada causados por el proceso de renovación, reparación, o mano de obra defectuosa.
Pérdida de, o daño, a la propiedad asegurada como resultado de merma, encogimiento, evaporación, disminución de peso, derrame, rotura de cristales u otros artículos frágiles, rasgaduras, exposición a la luz o cambio de color, de textura, acabado o sabor, a menos que sean directamente causados por incendio u operación para combatirlo o apagarlo, rayo, terremoto, temblor, erupción volcánica y/o fuego subterráneo, maremoto, salida de mar y marejada, huracán, ventarrón, tempestad y granizo, explosión, huelga, motín o conmoción civil, caída de aeronaves, impacto de vehículos, derrame de rociadores, daño malicioso, vandalismo y/o terrorismo.
Pérdida o daño causado por:
Robo.
Exposición a condiciones climáticas, mientras los bienes Asegurados se encuentran a la intemperie.
Pérdida o daño ocurrido mientras el edificio Asegurado o el que contiene la propiedad asegurada está, con conocimiento del Asegurado, vacante o desocupado por más de 30 días consecutivos.
Pérdidas o destrucción o daños en terrenos, tierras, o suelos.
Pérdida de, o daño a barcos o aviones o cualquier otro vehículo de transporte acuático o aéreo.
Pérdidas o daños por colisión, volcadura o desbarrancamiento sufrido por cualquier vehículo o maquinaria móvil en general.
Pérdida o daño a los siguientes bienes:
Propiedades instaladas en o a las orillas marítimas, fluviales o lacustres.
Carreteras, aceras, canales, diques, malecones, puentes, viaductos, túneles y subterráneos.
Bienes en tránsito.
Dinero en efectivo, títulos valores de cualquier especie, u objetos de arte o antigüedades. A menos que algunos de dichos bienes hubieran sido específicamente incluidos en la descripción de la propiedad asegurada incorporada en la póliza.
Salvo pacto en contrario, esta póliza tampoco cubre los daños directos a los bienes Asegurados, ni las pérdidas consecuenciales o de lucro cesante debidas a:
La paralización de cámaras o aparatos de refrigeración.
La suspensión de suministro eléctrico, de gas, de combustibles, o agua, o del servicio de telefonía o telecomunicaciones; cualquiera fuera la causa de la suspensión. La cobertura de la póliza en cuanto a pérdida o daño causado por agua que inunde, descargue o derrame de cualquier instalación de agua o desagüe de otros elementos líquidos, no comprenderá el costo de reparar el desperfecto que originó tal pérdida o daño.