Informar a La Positiva, dentro de un plazo de siete (7) días calendario, desde el momento en que ocurrió o tomó conocimiento del mismo, comunicándose al teléfono 211-0-211 o acercándose a cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional. La omisión o el retraso sólo son excusables si medió fuerza mayor, caso fortuito o imposibilidad de hecho. El Asegurado no pierde el derecho que le asiste a reclamar por vía arbitral o judicial el reconocimiento de la cobertura.
Documentación mínima para la solicitud de cobertura
El beneficiario deberá entregar a La Positiva o al Comercializador los siguientes documentos en original o en copia fotostática legalizada:
Certificado Médico de Defunción o Atestado Policial y Certificado de Necropsia en caso de Muerte Accidental.
Documentos de Identidad que acrediten su condición de Beneficiarios.
En caso de cónyuge o conviviente, partida de matrimonio y/o una declaración jurada de condición de conviviente.
En caso de hijos, partida de nacimiento donde conste el reconocimiento de filiación.
En caso de padres, partida de nacimiento del Asegurado.
Testamento o declaratoria de herederos, si fuera el caso.
El plazo para la entrega de los documentos no debe de exceder de ciento ochenta (180) días calendario de producido el fallecimiento, sin perjuicio del derecho que puedan tener los Beneficiarios o Herederos, según las normas del Derecho Civil.
La Positiva Vida pagará al Beneficiario la suma asegurada correspondiente en un plazo máximo de diez (10) días de recibida completa toda la documentación sustentatoria referida en el presente artículo.