Árboles y/o las plantas aseguradas que al momento de producirse el siniestro:
a. Hayan sido atacados o dañados severamente por alguna plaga, o
b. Sufran de la presencia significativa de algún hongo u otra enfermedad orgánica la cual haya generado daño directo en el cultivo, antes de ocurrido el siniestro.
Se excluye el daño causado por hongos de forma consecuencial a un riesgo cubierto que no haya sido controlado por el agricultor, salvo el caso en que las labores de control obligatorias, que debe realizar el asegurado para minimizar las pérdidas, no puedan ser realizadas por el asegurado a consecuencia de un riesgo cubierto. La Positiva reconoce que los árboles y plantas conviven con hongos y que dicha presencia significativa y el referido daño directo tendrían que afectar el rendimiento esperado del campo o lote asegurado en más del 25% de la campaña previa para ser efectiva la exclusión.
c. Hayan muerto debido a la mala práctica y/o utilización de productos químicos, ensayos experimentales.
Rotura de tallo o daño en planta ocasionado por el mal uso de la maquinaria.
Falta de realización de labores o aplicación de insumos requeridos en las prácticas culturales o agronómicas del cultivo, establecidas en los protocolos de buenas prácticas. Así mismo, las prácticas culturales que se lleven a cabo en forma o plazos distintos a los señalados en dicha información.
Todos los factores que afecten la germinación, o emergencia de la planta al momento de la siembra, no tienen cobertura, dado que el inicio de la vigencia de la póliza se da cuando hay arraigo de la planta en el lote definitivo.
Deshonestidad por parte del Asegurado o infidelidad de cualquier persona dependiente ó a la que la propiedad ha sido confiada, merma de inventario o desaparición inexplicable. Tampoco comprende las pérdidas o daños causados por delito del Asegurado o por su imprudencia delictiva.
Pérdidas de estructuras civiles, construcciones rústicas, pozos, sistemas y equipos de riego (bajo o sobre superficie).