Descripción
Es un seguro de extensión de la garantía original del fabricante para artefactos eléctricos.
Código SBS: Soles RG0415910215 y Dólares RG0415920216
Resolución SBS
¿Cuáles son las coberturas que te brinda el Seguro de Garantía Extendida?
Las coberturas principales son:
Reparación del artefacto y/o
Reemplazo del artefacto.
¿Cuáles son las primas o planes de este seguro?Las primas de este seguro varían según el artefacto eléctrico.
¿Cuáles son las principales exclusiones?
Las siguientes son exclusiones de la cobertura del presente seguro, sin perjuicio de las exclusiones ya contenidas en la garantía original del fabricante y/o distribuidor local.
Deterioro causada por depreciación y/o desgaste en el natural y normal funcionamiento del producto.
El desgaste o falla a las superficies expuestas del producto.
Accesorios, antenas telescópicas, cápsulas y agujas, plato giratorio de horno microondas y tornamesas, rejillas interiores, cables de interconexión, filtros y cabezales de impresión, cabezales de grabación, lámparas, perillas, pilas, batería recargables, software de cualquier tipo, transformadores, cartuchos de tinta o toner, tambores, cintas de impresión, elementos consumibles y/o cualquier otra excepción que pudiera encontrarse en la garantía original del fabricante y/o distribuidor local.
Desperfectos causados por fallas en unidades transformadoras o generadoras.
Los costos de reparación y/o reinstalación, servicio a domicilio o gastos adicionales, cuando una vez sometido a revisión el producto, no se encuentra ningún defecto cubierto por el presente seguro.
Mantenimiento normal, limpieza, lubricación, ajuste, alineamiento o regulación.
Cualquier problema o defecto no cubierto por la garantía original y por escrito del fabricante y/o distribuidor local.
Y todas aquellas señaladas en el condicionado general de este producto.
¿Cómo puedo adquirir este seguro?
Debe acercarse a cualquier tienda de Estilos y adquirirlo.
¿Qué hacer en caso de siniestro?
En caso que el producto adquirido en Estilos sufra algún desperfecto durante el periodo de cobertura de la garantía original del fabricante y/o distribuidor local, el Asegurado deberá comunicarse directamente con dicho fabricante y/o distribuidor local. En caso el producto adquirido en Estilos ya no se encuentre bajo la garantía original otorgada por el fabricante y/o distribuidor local y se requiriera de cualquier reparación / reemplazo cubierto por este seguro, deberá comunicarse con La Positiva llamando al 211-0-211 . No deberá llevar el producto directamente a Estilos ni a La Positiva. Para facilitar el servicio durante la llamada telefónica, el Asegurado debe tener a la mano el certificado, para proporcionarle al Representante de Servicios de La Positiva el número del mismo y el número del comprobante de pago de adquisición del producto. Una vez verificada la información correspondiente se le proporcionará un número de autorización.
Cualquier reparación o servicio efectuado sin la autorización expresa de La Positiva, no estará cubierta por este seguro. Cuando lleve el producto al Centro de Servicio Técnico Autorizado o reciba la visita del Técnico Autorizado, deberá mostrar lo siguiente:
a. Certificado de Seguro de Garantía Extendida.
b. Comprobante de pago del producto, en caso de ser requerido.
c. El "número de autorización" que le fue proporcionado por el Representante de Servicios de La Positiva.
¿Cómo realizar un reclamo?
La Positiva recibirá los reclamos de los Asegurados en su área de servicio al cliente llamando al 211-0-211 o en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional cuyas direcciones aparecen en www.lapositiva.com.pe, así como a través de la misma página web de La Positiva.
El Asegurado también podrá realizar cualquier reclamo sobre los alcances de este seguro en la “Defensoría del Asegurado”, llamando al 446-9158 o visitando sus oficinas en Calle Amador Merino Reyna 307 Piso 9 San Isidro - Lima o a través de www.defaseg.com.pe, así como también en la Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP o en INDECOPI, entre otros, según corresponda.
El Asegurado podrá nombrar un corredor de seguros, quien se encuentra facultado para realizar en su nombre y representación todos los actos de administración, mas no de disposición, vinculados a sus intereses en la póliza.
Documentos Importantes
Condicionado
Resumen Informativo