Informar a La Positiva la ocurrencia del siniestro dentro del plazo de 7 días calendario de ocurrido el siniestro, de tomar conocimiento del mismo, o de conocida la existencia del beneficio, llamando al teléfono 211-0-211 o acercándose a cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional o a las oficinas del Comercializador.
Para la cobertura Muerte por Accidente del Asegurado, Muerte por Accidente del Cónyuge o Concubino(a) del Asegurado, Desamparo Súbito Familiar por Muerte por Accidente y Muerte por Accidente de Tránsito del Asegurado.
Copia certificada de la Denuncia Policial.
Copia certificada de Partida de defunción.
Copia certificada de Certificado de defunción.
Copia del DNI del Beneficiario.
Copia certificada de documento que acredite su calidad de beneficiario de acuerdo a orden de precedencia.
En caso de no existir Beneficiarios nombrados o los establecidos en el orden de precedencia, deberá presentar Sucesión Intestada o Declaratoria de Herederos inscrita en los Registros Públicos.
Protocolo de necropsia, de corresponder.
Para la cobertura de Invalidez Permanente Total por Accidente del Asegurado:
Copia certificada de la Denuncia Policial.
Una declaración escrita, que contenga ineludiblemente la fecha y hora del accidente, el nombre, apellidos, edad y domicilio de la persona que ha sufrido el accidente; el lugar y circunstancias en que éste ocurrió; así como el nombre y domicilio de los testigos, si los hubiera.
Un certificado del médico que prestó los primeros auxilios a la víctima, expresando las cusas del accidente y sus consecuencias conocidas o probables.
Certificado de invalidez permanente total, emitida por la entidad legal correspondiente.
Para la cobertura de Pago Diario por Hospitalización por Accidente o Enfermedad del Asegurado:
Original de comprobante de pago emitido por el establecimiento de salud donde se compruebe el nombre del paciente hospitalizado y el periodo de hospitalización.
Certificado médico con diagnóstico y donde se señale el requerimiento de hospitalización.
Para el caso de Indemnización por Diagnóstico de Enfermedades Graves del Asegurado:
Los documentos, certificado, informes y/o diagnósticos indicados en la sección 3.7 de las condiciones generales de ésta póliza, y elaborados por médicos legalmente calificados para emitir dichos documentos.
Copia certificada de la historia clínica del Asegurado.