Suicidio, consciente o inconsciente, estando o no el Asegurado, en su sano juicio, dentro de los dos (02) primeros años de vigencia del seguro.
Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o por participación activa del asegurado en actos de conmoción contra el orden público dentro o fuera del país. Así como en actos delictivos, subversivos o terroristas.
Viajes del Asegurado en líneas aéreas particulares, no comerciales y oficialmente establecidas
Participación del asegurado como conductor o acompañante en carreras de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas o en carreras de entrenamiento.
Acto delictuoso cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la indemnización.
Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.